Micelio
Auto22 de febrero de 2023

A- de 2023

Ponente Diana Constanza Fajardo Rivera

Demandante Serquera Triviño Ana Elsa·Demandado Ministerio De Defensa Policia Nacional Direccion De Bienestar Social-Centro Social De Agentes Y Patrulleros

Tema · dato duro
Controversia Sobre Declaratoria De Existencia De Vinculación Laboral Propia De Un Empleado Público.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Contencioso Administrativa
  • Controversias sobre declaratoria de existencia de vinculación laboral propia de un empleado público
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado 49 Administrativo del Circuito de Bogotá, Sección Segunda y el Juzgado 41 Laboral del Circuito de la misma ciudad.

La controversia entre los precitados despachos se originó en el medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho que interpuso una ciudadana en contra de la Nación/Ministerio de Defensa/Policía Nacional, pretendiendo la declaratoria de existencia de un vínculo laboral, la nulidad del oficio mediante el cual se le negó dicha relación y otros derechos reclamados por petición y el pago de los salarios y prestaciones sociales que debió devengar en calidad de trabajadora oficial.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un verdadero conflicto de jurisdicciones la Corte reiteró la regla jurisprudencial de los Autos 1159/21 y 252/22, mediante la cual se indicó que la jurisdicción de lo contencioso administrativo es competente para conocer de las demandas en las que, en el marco de una relación laboral con empresas temporales, se solicita el reconocimiento de derechos laborales directamente de la empresa usuaria, cuando quiera que (i) esta última sea una entidad pública, cuya regla general de vinculación sea la de empleado público; y (ii) dentro del trámite no pueda desvirtuarse, prima facie, tal parámetro de vinculación.

Se remite el expediente al Juzgado 49 Administrativo del Circuito de Bogotá, Sección Segunda para lo de su competencia, y para que comunique la presente providencia al otro juzgado involucrado y a los interesados dentro del trámite judicial correspondiente.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (2 puntos)
  1. PRIMERO. DIRIMIR el conflicto negativo de jurisdicciones suscitado entre el entre el Juzgado 49 Administrativo del Circuito de Bogotá, Sección Segunda, y el Juzgado 41 Laboral del Circuito de la misma ciudad, en el sentido de DECLARAR que corresponde al Juzgado 49 Administrativo del Circuito de Bogotá conocer de la demanda promovida por la señora Ana Elsa Serquera Triviño contra la Nación -Ministerio de Defensa Nacional -Policía Nacional.
  2. SEGUNDO. REMITIR el expediente CJU-2048 al Juzgado 49 Administrativo del Circuito de Bogotá, Sección Segunda para lo de su competencia, y para que comunique la presente providencia al Juzgado 41 Laboral del Circuito de la misma ciudad y a los interesados dentro del trámite judicial correspondiente.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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No cita providencias registradas.
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Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.